Enlace: "Ley 5/2014, de 20 de octubre, de administración electrónica y simplificación administrativa".
Ley 5/2014, de
20 de octubre, de administración electrónica y simplificación administrativa.
Disposición final novena. Modificación de la Ley 5/2006, de 2 de mayo, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja
El artículo 197 de la ley
queda redactado como sigue:
'Artículo
197. Deber de conservación.
...
...
3. Los
Ayuntamientos, dentro del ámbito de sus competencias, exigirán a los
propietarios de todos los edificios, excepto los edificios de titularidad
pública afectos a servicio público, el Informe de Evaluación de Edificios en
los términos, plazos y condiciones establecidos en la Ley 8/2013, de 26 de
junio, de Rehabilitación, Regeneración y Renovación urbanas, con la salvedad de
que la antigüedad de los edificios deberá ser superior a 30 años y que el
Informe de Evaluación de Edificios tendrá una vigencia de 5 años.
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