lunes, 3 de noviembre de 2014

Ley 5/2014, de 20 de octubre, de administración electrónica y simplificación administrativa.

El Gobierno de La Rioja, por medio de la Ley 5/2014, de 20 de octubre, de administración electrónica y simplificación administrativa, ha moficado apartados relacionados con el Informe de Evaluación de Edificios, más en concreto con la exigencia de antigüedad que disminuye de los 50 a los 30 años, y en la vigencia del IEE descendiendo hasta los 5 años.

Enlace: "Ley 5/2014, de 20 de octubre, de administración electrónica y simplificación administrativa". 

 
Ley 5/2014, de 20 de octubre, de administración electrónica y simplificación administrativa.

Disposición final novena. Modificación de la Ley 5/2006, de 2 de mayo, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja


El artículo 197 de la ley queda redactado como sigue:
'Artículo 197. Deber de conservación.
...


3. Los Ayuntamientos, dentro del ámbito de sus competencias, exigirán a los propietarios de todos los edificios, excepto los edificios de titularidad pública afectos a servicio público, el Informe de Evaluación de Edificios en los términos, plazos y condiciones establecidos en la Ley 8/2013, de 26 de junio, de Rehabilitación, Regeneración y Renovación urbanas, con la salvedad de que la antigüedad de los edificios deberá ser superior a 30 años y que el Informe de Evaluación de Edificios tendrá una vigencia de 5 años.
 

 

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